Asociación Unificada de Guardias Civiles
DELEGACIÓN DE GOBIERNO HADRID
REGISTRO GENERAL ENTRADA
SRA. DELEGADA DEL GOBIERNO EN MADRID 16/10/2008
DON ALBERTO MOYA ACEDO, mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad, número 31.837.131., con domicilio a los efectos de oír notificaciones en la Calle Paco Pierra, número 8 de Valencia, en nombre y representación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, en anagrama AUGC, de la que es Secretario General, inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, con el número 5., comparece y como mejor proceda en Derecho, DICE:
Con fecha 9 de octubre de 2.008., se ha recibido escrito, de fecha 9 de octubre de 2.008., de la Delegación del Gobierno en Madrid., por medio del cual pone de manifiesto diversas cuestiones, todas ellas relativas a la convocatoria de manifestación a celebrarse el próximo día 18 de octubre de 2.008., a tenor de comunicación formulada a dicho órgano el día 7 de octubre de 2.008.-
En dicho escrito se comunica a esta parte que aquella convocatoria "no está incursa en el supuesto de prohibición previsto en la normativa reguladora del derecho de reunión". Sin embargo, sin solución de continuidad, se procede a citar determinados preceptos de la Ley Orgánica 11/2.007., de 23 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, y otros de la Ley Orgánica 12/2.007., de 23 de octubre, reguladora del régimen disciplinario de la Guardia Civil.-
La cita de los mencionados preceptos no se ve acompañada - como sin duda resulta necesario, si se quiere respetar el principio de legalidad y el ordenamiento constitucional - de motivación alguna que justifique, por una parte, la competencia del órgano autor de escrito para adoptar las medidas a las que haremos referencia, y por otra, las apreciaciones no objetivas y sin justificación alguna, que se contienen en los párrafos segundo, tercero y cuarto, del reiteradamente citado escrito.-
Por ello, creemos estar ante un acto de requerimiento, aquejado de causas de nulidad de pleno derecho, porque el requerimiento no ha sido dictado por órgano competente y se vulneran, a su través, los derechos fundamentales de reunión y manifestación y el de asociación, al poner límites no motivados a los primeros y por suponer una intromisión ilegítima, respecto al segundo.-
A la vista de lo anterior, y como quiera que no se establece cauce alguno de impugnación o de recurso, instamos a la Delegación del Gobierno a que dicte resolución por medio de la cual declare la nulidad de pleno derecho y de la medida adoptada en el párrafo final del mismo.- Sin perjuicio de lo anterior, y para evitar la causación de perjuicios al resto de la entidades convocantes - que se podrían derivar de la verdadera naturaleza de requerimiento - a través del presente escrito, esta parte manifiesta que no participará como convocante en dicho acto, sin que ello suponga la aceptación de la legalidad del escrito-requerimiento, que le ha sido dirigido desde la Delegación del Gobierno en Madrid.-
En su virtud,
SUPLICO A LA SRA. DELEGADA DEL GOBIERNO EN MADRID.:
Tenga por presentado este escrito y se sirva ordenar sea sellada su copia en prueba de recibo de su original, y, en virtud de cuanto se establece, prueba y alega en el cuerpo de este escrito, declare la nulidad de pleno derecho del escrito, de fecha 9 de octubre de 2.008 y tenga por manifestado que esta parte no participará como convocante en el acto de referencia. Por ser todo ello, de hacer así, en Justicia a la cual aspiramos, en Madrid, a 16 de octubre de 2.008.-
SRA. DELEGADA DEL GOBIERNO EN MADRID.-DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID.-C/ MIQUEL ÁNGEL, NÚM. 25.-28010-MADRID-
C/ Paco Pierra N° 8 Pta. 1 - 46013 VALENCIA-
Tel. 96 373 04 52
Fax. 96 316 37 12
E-mail: secretariogeneral@augc.org
ALBERTO MOYA ACEDO
SECRETARIO GENERAL
DELEGACIÓN DE GOBIERNO HADRID
REGISTRO GENERAL ENTRADA
SRA. DELEGADA DEL GOBIERNO EN MADRID 16/10/2008
DON ALBERTO MOYA ACEDO, mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad, número 31.837.131., con domicilio a los efectos de oír notificaciones en la Calle Paco Pierra, número 8 de Valencia, en nombre y representación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, en anagrama AUGC, de la que es Secretario General, inscrita en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, con el número 5., comparece y como mejor proceda en Derecho, DICE:
Con fecha 9 de octubre de 2.008., se ha recibido escrito, de fecha 9 de octubre de 2.008., de la Delegación del Gobierno en Madrid., por medio del cual pone de manifiesto diversas cuestiones, todas ellas relativas a la convocatoria de manifestación a celebrarse el próximo día 18 de octubre de 2.008., a tenor de comunicación formulada a dicho órgano el día 7 de octubre de 2.008.-
En dicho escrito se comunica a esta parte que aquella convocatoria "no está incursa en el supuesto de prohibición previsto en la normativa reguladora del derecho de reunión". Sin embargo, sin solución de continuidad, se procede a citar determinados preceptos de la Ley Orgánica 11/2.007., de 23 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, y otros de la Ley Orgánica 12/2.007., de 23 de octubre, reguladora del régimen disciplinario de la Guardia Civil.-
La cita de los mencionados preceptos no se ve acompañada - como sin duda resulta necesario, si se quiere respetar el principio de legalidad y el ordenamiento constitucional - de motivación alguna que justifique, por una parte, la competencia del órgano autor de escrito para adoptar las medidas a las que haremos referencia, y por otra, las apreciaciones no objetivas y sin justificación alguna, que se contienen en los párrafos segundo, tercero y cuarto, del reiteradamente citado escrito.-
Por ello, creemos estar ante un acto de requerimiento, aquejado de causas de nulidad de pleno derecho, porque el requerimiento no ha sido dictado por órgano competente y se vulneran, a su través, los derechos fundamentales de reunión y manifestación y el de asociación, al poner límites no motivados a los primeros y por suponer una intromisión ilegítima, respecto al segundo.-
A la vista de lo anterior, y como quiera que no se establece cauce alguno de impugnación o de recurso, instamos a la Delegación del Gobierno a que dicte resolución por medio de la cual declare la nulidad de pleno derecho y de la medida adoptada en el párrafo final del mismo.- Sin perjuicio de lo anterior, y para evitar la causación de perjuicios al resto de la entidades convocantes - que se podrían derivar de la verdadera naturaleza de requerimiento - a través del presente escrito, esta parte manifiesta que no participará como convocante en dicho acto, sin que ello suponga la aceptación de la legalidad del escrito-requerimiento, que le ha sido dirigido desde la Delegación del Gobierno en Madrid.-
En su virtud,
SUPLICO A LA SRA. DELEGADA DEL GOBIERNO EN MADRID.:
Tenga por presentado este escrito y se sirva ordenar sea sellada su copia en prueba de recibo de su original, y, en virtud de cuanto se establece, prueba y alega en el cuerpo de este escrito, declare la nulidad de pleno derecho del escrito, de fecha 9 de octubre de 2.008 y tenga por manifestado que esta parte no participará como convocante en el acto de referencia. Por ser todo ello, de hacer así, en Justicia a la cual aspiramos, en Madrid, a 16 de octubre de 2.008.-
SRA. DELEGADA DEL GOBIERNO EN MADRID.-DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID.-C/ MIQUEL ÁNGEL, NÚM. 25.-28010-MADRID-
C/ Paco Pierra N° 8 Pta. 1 - 46013 VALENCIA-
Tel. 96 373 04 52
Fax. 96 316 37 12
E-mail: secretariogeneral@augc.org
ALBERTO MOYA ACEDO
SECRETARIO GENERAL
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